Todo lo que debes saber sobre la nueva ley orgánica 1/2025
Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas de eficiencia del Servicio Público de Justicia, los procedimientos de Derecho de Familia en España —y especialmente en Cataluña— han cambiado de forma significativa.
Una de las principales novedades que introduce esta ley es la obligatoriedad de intentar una solución consensuada previa al juicio en determinados asuntos familiares, como separaciones, divorcios, modificación de medidas o guarda y custodia, con tal de reducir la confrontación .
Esta reforma busca fomentar la cultura del acuerdo, reducir la sobrecarga judicial y promover vías más rápidas y menos conflictivas para resolver las disputas familiares.
En este artículo te explicamos qué implica esta nueva obligación, en qué casos se aplica, qué pasos deben seguir las partes y cuáles son sus ventajas.
¿Qué es la mediación familiar y para qué sirve?
La mediación familiar era un procedimiento voluntario que ahora se convierte en un requisito legal imprescindible (en algunos casos, preceptivo) en el que un profesional neutral —el mediador— ayuda a las partes a dialogar y alcanzar un acuerdo satisfactorio para ambas.
En Cataluña, la mediación familiar tiene una larga tradición, regulada desde la Ley 1/2001, de mediación familiar de Cataluña, y gestionada por el Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya.
La novedad ahora es que, con la Ley Orgánica 1/2025, en muchos procedimientos de familia será obligatorio acreditar que se ha intentado una mediación o un medio alternativo de resolución antes de acudir a los tribunales
¿Cuándo es obligatoria la mediación familiar?
Según la nueva normativa, se exigirá haber intentado un Mecanismo Adecuado de Solución de Controversias (MASC) antes de interponer la demanda en los siguientes casos:
- Separaciones y divorcios (de mutuo acuerdo o contenciosos).
- Modificaciones de medidas relativas a guarda, custodia, alimentos o visitas.
- Procedimientos sobre pensión compensatoria o uso de la vivienda familiar.
- Conflictos de patria potestad o régimen de visitas con abuelos u otros familiares.
Existen excepciones, como los casos en los que haya violencia de género, violencia familiar o riesgo para los menores, en los que no se exigirá este trámite previo.
¿Cómo se acredita haber intentado una mediación?
Antes de presentar la demanda, las partes deberán demostrar que han realizado al menos un intento de mediación o negociación.
Esto se acredita mediante un certificado de intento de mediación, expedido por el mediador o el centro de mediación.
El proceso suele desarrollarse así:
- Solicitud de mediación ante un centro acreditado o un mediador profesional.
- Convocatoria a ambas partes a una primera sesión informativa.
- Si alguna de las partes no comparece, se emite igualmente el certificado de intento.
- Si ambas partes aceptan continuar, se inicia la mediación propiamente dicha, con una o varias sesiones.
El certificado deberá adjuntarse a la demanda judicial. Si no se aporta, el juzgado puede requerir su subsanación o incluso inadmitir la demanda hasta que se cumpla el trámite.
Ventajas de la mediación familiar
La mediación ofrece numerosos beneficios frente al procedimiento judicial tradicional:
- Rapidez: los acuerdos pueden alcanzarse en semanas, mientras que un procedimiento contencioso puede durar meses o años.
- Ahorro económico: los costes de mediación suelen ser menores que los de un proceso judicial completo.
- Confidencialidad: todo lo tratado en las sesiones es confidencial y no puede usarse en juicio.
- Mejores relaciones familiares: al fomentar el diálogo, reduce el nivel de conflicto y facilita la cooperación posterior, especialmente cuando hay hijos menores.
- Cumplimiento voluntario: los acuerdos alcanzados en mediación suelen cumplirse con mayor facilidad que las resoluciones impuestas judicialmente.
¿Qué ocurre si se alcanza un acuerdo?
Si durante la mediación se logra un acuerdo total o parcial, este puede elevarse a escritura pública ante notario o homologarse judicialmente, adquiriendo así fuerza ejecutiva. En el ámbito familiar, esto significa que los acuerdos sobre custodia, alimentos, régimen de visitas o pensiones pueden tener el mismo valor que una sentencia.
La mediación, pese a ser uno de los MASC más utilizados, no es la única vía para negociar y, a la vez, cumplir el requisito de procedibilidad que establece la Ley 1/2025, en Agora Abogados te asesoramos para que el MASC que utilices sea el que más convenga a tus intereses, pues así será más fácil que la negociación sea fructifera.